ENTRADA EN VIGOR DE LA 3ª ETAPA DEL REGLAMENTO (CE) Nº 245/2009

Martes, 28 Febrero, 2017
Los productos que se comercializan para su instalación en la Unión Europea deben incorporar el marcado CE, y ese marcado CE para el caso de lámparas y equipos asociados a las mismas, implica el cumplimiento de las Directivas Europeas que aplican a estos productos.

Las Directivas y Reglamentos de aplicación para lámparas y equipos asociados a las mismas, hacen referencia a cuestiones como la Seguridad Eléctrica, Compatibilidad Electromagnética y  Eficiencia Energética.

En el presente artículo nos vamos a centrar en la Eficiencia Energética requerida a los componentes auxiliares y más concretamente en los Balastos Electromagnéticos asociados al funcionamiento de lámparas fluorescentes y lámparas de Descarga.

En primer lugar queremos indicar cuales son las Directivas, Reglamentos, y Guías de interpretación a las que debemos acudir para conocer los requisitos aplicables. Son:

  • DIRECTIVA 2009/125/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 21 de octubre de 2009 por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía.
    http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/ALL/?uri=CELEX%3A32009L0125
  • Real Decreto 187/2011, de 18 de febrero, relativo al establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía.
    https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-4038
  • REGLAMENTO (CE) No 245/2009 DE LA COMISIÓN de 18 de marzo de 2009, por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas fluorescentes sin balastos integrados, para lámparas de descarga de alta intensidad y para balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas, y se deroga la Directiva 2000/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
    http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32009R0245
  • REGLAMENTO (UE) N o 347/2010 DE LA COMISIÓN de 21 de abril de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 245/2009 de la Comisión en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para lámparas fluorescentes sin balastos integrados, para lámparas de descarga de alta intensidad y para balastos y luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas.
    http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2010.10...
  • Para tener una interpretación común, los fabricantes de lámparas y componentes asociados a través de sus respectivas asociaciones  (ELC y CELMA ahora Lighting Europe)  elaboraron guías de aplicación de los Reglamentos. A la que debemos atender es a la  2ª edición de Diciembre 2010

El Reglamento establece un calendario de aplicación con diferentes etapas, y para cada etapa los requisitos de eficiencia se incrementan. Ahora nos acercamos al hito de la 3ª etapa (13 de abril de 2017), en la cual aumentan los requisitos de eficiencia energética para los balastos para lámparas de alta intensidad de descarga, y para lámparas fluorescentes.

El cumplimiento de esta eficiencia mínima se marca con A2, y como hemos apuntado antes es un requisito necesario para  marcar CE.

Es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • La Directiva se aplicará sólo en los estados miembros de UE.
  • El Reglamento no limita el uso de cualquier tecnología para alcanzar los requisitos de eficiencia requeridos. Son válidas soluciones electrónicas y electromagnéticas.
  • Se pueden comercializar productos de cualquier clasificación energética fuera de la UE. Su producción no está prohibida.
  • El Reglamento aplica a la puesta en el mercado por primera vez, por lo que el material disponible en almacenes de nuestros clientes puede ser comercializado después del 13 de abril de 2017

No todos los balastos ni todas las lámparas están obligados a cumplir estos límites de eficiencia que se han establecido para la 3ª etapa, La Directiva contempla excepciones.

“Los productos sujetos a esta regulación están destinados a ser utilizados esencialmente para fines de iluminación general, lo que significa que contribuyen a la provisión de luz artificial que reemplaza la luz natural a los fines de la visión humana normal. Las lámparas especiales (como las lámparas utilizadas en pantallas de ordenador, fotocopiadoras, aparatos de bronceado, crecimiento de plantas en invernaderos, y otras aplicaciones similares) no están sujetos al cumplimiento de este Reglamento.”

Así mismo, para el caso de los balastos para lámparas de alta intensidad de descarga hay dos detalles significativos en cuanto a los requerimientos:

  1. Los balastos para lámparas de Alta intensidad de Descarga no tienen requerimientos de eficiencia en situación de Standby.
  2. Los balastos Dimables como son los balastos de Doble Nivel de Potencia tampoco tienen esos requerimientos de eficiencia, por ello estos balastos pueden marcarse CE supliendo el resto de requisitos aplicables a Seguridad y Compatibilidad Electromagnética.

ELT dará solución con balastos electromagnéticos eficientes A2 para toda la gama de lámpara  de Alta Intensidad de Descarga (potencias desde 35 a 2000W).

Los actuales balastos para lámparas de potencias elevadas 400 a 2000W ya cumplen A2 sin modificar su diseño, pero para potencias hasta 250W, materiales y (o) tamaño han cambiado.

Consecuencia de este aumento de tamaño y de materiales empleados estos nuevos balastos A2 no sólo mejoran la eficiencia sino también otras características como menor calentamiento y mayor esperanza de vida (los balastos de 35 a 150W ambos incluidos reducen se calentamiento aproximadamente 20ºC, lo cual implica que su vida media pasara de 10 a 40 años.).

Hay que señalar otras consideraciones respecto a este asunto:

  1. ELT mantiene gama de producto A2 en los diferentes equipos fabricados en función de su uso
  2. ELT continuará fabricando balastos electromagnéticos con diferentes criterios de eficiencia para el resto del mundo
  3. También es necesario apuntar que debido al funcionamiento intrínseco de los balastos electromagnéticos, para diferentes tensiones y frecuencias de red, por ejemplo 220V/60Hz, 240V/50Hz, 277V/60Hz, aun fabricando con los mismos criterios de calidad, el valor de eficiencia en % es diferente que el de los balastos para 230V/50Hz (red estandarizada en la UE y para la que se establecieron estos límites). A mayor tensión de red las pérdidas propias del balasto se incrementan y por lo tanto la eficiencia disminuye, lo mismo ocurre a mayor frecuencia de red.

Para el caso de los BALASTOS PARA LÁMPARAS FLUORESCENTES la eficiencia mínima requerida en función de la potencia de la lámpara es A2 / A1 BAT.  La eficiencia A2 BAT se reserva para elevar los requisitos en una etapa posterior.

Para conseguir estos requerimientos de eficiencia, el tamaño de los balastos debería ser tal que luego no se podrían implementar en las luminarias. Se deberían fabricar en los formatos de los balastos para lámparas de Descarga.

Bajo petición, estamos dispuestos a estudiar casos concretos en los que técnicamente se pueda alcanzar la eficiencia con balasto electromagnético.

Para lámparas fluorescentes no hemos considerado la creación de una nueva gama de balastos electromagnéticos, pero disponemos y fabricamos de una amplia gama de balastos electrónicos que cumplen con la eficiencia A2  o A1 BAT que será de aplicación a partir del 13 de abril de 2017.

Pero el elevado tamaño y costo resultante hacen que esta solución no sea adecuada. 

Como en el caso de los balastos para lámparas de “Descarga”, también para “Fluorescencia” ELT continuará produciendo y comercializando dispositivos de control electromagnéticos con diferentes criterios de eficiencia para países fuera de la UE.

Jesús Barrado Aguado
R&D Electromagnetic Product Supervisor at ELT

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